Darío Vecchio| Montevideo, Uruguay
Muchos debates se han planteado en los medios en el marco de las ventajas y desventajas de la bancarización obligatoria. En la historia de nuestro país, y sobre todo en los últimos años, no ha habido ley más polémica que la recientemente aprobada “Ley de inclusión financiera”. Tal es el caso que incluso el mismo gobierno que impulsó la ley, acusa a la misma de haber provocado un estallido en materia de delitos, cuando se suponía que el efecto sería el contrario. Los dichos del subsecretario del Ministerio del Interior, Jorge Vázquez, sobre este asunto sugieren que los delitos aumentaron debido a la reducción de efectivo circulante, y esto lleva al delincuente a realizar más rapiñas para obtener el mismo beneficio.
Inclusive para aquellos que vivimos en Montevideo y desarrollamos todas las actividades del día a día en la misma ciudad, la mencionada ley nos puede resultar perjudicial. La nueva reglamentación establece que los ingresos de trabajadores y profesionales por la prestación de sus servicios deben depositarse en una institución financiera, según los Artículos Nº 10 y Nº 12 respectivamente. Es decir, cada vez que alguien desee hacerse de efectivo, independientemente de cuál sea el motivo, debe dirigirse a un banco o a un cajero automático.
Quien no conoce nuestro país podría concluir fácilmente que esto no presenta un gran problema para los ciudadanos. Sin embargo, existen inconvenientes al tener que desplazarse a un banco o cajero que James Tobin y William Baumol teorizaron muy bien en su Teoría de la demanda de dinero con enfoque de inventarios, entre 1952 y 1956. Estos dos economistas plantearon que existe un costo, tanto para extraer el dinero como para desplazarse a realizar la extracción. No sólo estamos hablando del costo económico de desplazamiento, sino que también existe una pérdida de tiempo que implica una mayor pérdida monetaria si tomamos en cuenta el costo de oportunidad de dicho tiempo gastado. Podemos enumerar todos estos contratiempos sin aún mencionar la actual ola de robos a cajeros automáticos, que obviamente los dejan inhabilitados y dificulta la posibilidad de realizar extracciones.
Por otra parte, el acceso a un cajero automático es más complicado en el interior del país. Un peón rural, por ejemplo, seguramente tiene que recorrer muchos kilómetros para retirar su sueldo, ya que la cantidad de cajeros en el interior es muy acotada y solamente se encuentran en centros urbanos.
Dejando de lado los microfundamentos que sirven de argumento en contra de la implementación de la ley, podemos ver cómo nuevamente el gobierno está demostrando su afán controlador e intrusivo en la vida de los individuos. En pocas palabras, la libertad individual de las personas ha sido trasladada a segundo plano.
Continuando con el análisis del texto de la ley en cuestión, la misma establece que una vez que el “beneficiario” seleccione la institución que desea asignar como intermediaria, debe esperar por un plazo de un año para cambiar de institución. Salvo error, en ningún Artículo se especifican los motivos de esta restricción incomprensible.
Otro de los puntos relevantes se encuentra en el Título VI de la ley aprobada. En su Artículo Nº 35 se prohíbe el uso de efectivo para todas las transacciones que superen las 40.000 Unidades Indexadas (unos 5.000 dólares americanos). ¿Acaso un individuo necesita de la presencia del Estado para realizar transacciones mayores o iguales a ese monto? Lo que sugiere este Artículo es que todos los individuos son sospechosos o potenciales delincuentes, y que deben probar su inocencia a través del cumplimiento de esta ley.
Finalmente, podemos concluir con certeza que el Estado perseguirá con todas sus fuerzas a los esclavos tributarios y a quienes intentan subsistir en el ámbito privado, prestando menos atención a los verdaderos delincuentes que atentan contra la vida y la propiedad privada de los individuos. Un emblemático ejemplo de esto es el caso de Al Capone, un despiadado asesino, mafioso y contrabandista que terminó encarcelado por evasión fiscal.
*****
*Las ideas aquí expresadas pertenecen al autor del artículo y no necesariamente son las de la Fundación Rioplatense de Estudios.
El tratado de libre comercio más grande del mundo: RCEP
Elecciones en Estados Unidos: una nación, dos partidos, tres caminos
Nuevas tendencias en el mundo político de Estados Unidos